Ernesto Madrid

Derivado de la ‘estrategia’ de garantía de suministro para la optimización de capacidad en el Sistema de Transporte y Almacenamiento Nacional Integrado de Gas Natural, establecida por la Secretaría de Energía en el oficio SENER.100/195/2022, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) advirtió riesgos en materia de competencia y libre concurrencia en el sector.

Lo anterior en razón, explico el organismo, a que los usuarios o interesados en recibir el servicio de transporte de gas natural en los puntos de internación del Sistema de Transporte y Almacenamiento Nacional Integrado de Gas Natural (Sistrangas), deben acreditar que reciben el suministro por parte de Petróleos Mexicanos (Pemex), la Comisión Federal de Electricidad (CFE), o sus empresas filiales y subsidiarias; y que la prestación del servicio esté asegurada mediante la contratación de capacidad de transporte en ductos con cualquiera de estas empresas del Estado.

En este sentido el Cenagas envió el oficio CENAGAS-UGTP/00434/2022 a los usuarios de transporte de gas natural, en el que señala que aquellos que tengan un contrato de servicio, tendrán la obligación de entregar evidencia documental de que cumplen con los requisitos establecidos en la Estrategia, a más tardar el 13 de agosto de 2022.
Cabe señalar que el Cenagas es la entidad responsable de la gestión, administración y operación -con independencia de sus usuarios- de la infraestructura del Sistrangas, así como de garantizar su acceso abierto no indebidamente discriminatorio.
De seguir la Estrategia, precisó Cofece, se afectarían de manera grave e irreparable las condiciones de competencia en el mercado del gas natural y de electricidad considerando que:

  • Impediría a los usuarios (comercializadores y usuarios industriales) que decidieran no contratar con las empresas del Estado antes referidas, el acceso en igualdad de condiciones a la capacidad del Sistrangas, beneficiando artificialmente a Pemex y CFE. Es necesario mencionar que la capacidad de este sistema es limitada y constituye un insumo indispensable para competir en el mercado del gas natural, dado que controla la infraestructura más importante tanto para el transporte como para la importación de gas natural.
  • Desincentivaría la entrada de potenciales comercializadores de gas natural y anularía la capacidad de competir de los participantes actuales en este eslabón. Esto, porque la Estrategia impide contratar al proveedor más eficiente y, en cambio, establece una intermediación obligatoria que afecta sustancialmente las condiciones de suministro.
  • Generaría distorsiones para los competidores de la Comisión Federal de Electricidad en el mercado de producción de energía eléctrica, toda vez que los usuarios que utilicen gas natural para producir electricidad y requieran el servicio de transporte estarían obligados a adquirir este insumo a través de la CFE, que a su vez es su competidor. De esta forma, la CFE podría tener incentivos para incrementar los costos del gas natural a sus competidores.