Debido a la extinción del Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (INAI) el pasado 21 de marzo, los plazos de algunos procedimientos en materia de acceso a la información están sujetos a suspensión: hasta el 3 de junio en el caso del Poder Ejecutivo y al 18 de junio, para el Legislativo y Judicial.

De esta manera, a partir del 19 de junio del 2025, las autoridades garantes federales resolverán los recursos de revisión y denuncias relacionadas con solicitudes de información y denuncias por incumplimiento de obligaciones de transparencia de los sujetos obligados de su competencia, según sea el caso.

 

En un aviso publicado en la plataforma de transparencia, mencionó que dada la entrada en vigor desde el 21 de marzo de 2025 y publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de la reforma constitucional en materia de simplificación orgánica y de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y del Reglamento Interior de Transparencia para el Pueblo, el nuevo órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, Transparencia para el Pueblo, asume diversas funciones en materia de acceso a la información del entonces Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

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Tras extinción del Inai, solicitudes de transparencia a los tres poderes están suspendidas hasta junio; continúa transición

La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno iniciará el proceso a partir del 19 de junio del 2025

Tras extinción del Inai, solicitudes de transparencia a los tres poderes están suspendidas hasta junio Foto: Archivo | El Universal

Tras extinción del Inai, solicitudes de transparencia a los tres poderes están suspendidas hasta junio Foto: Archivo | El Universal

Nación

| 04/04/2025 |

17:43 |

Actualizada

04/04/2025 17:43

 

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Debido a la extinción del Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (INAI) el pasado 21 de marzo, los plazos de algunos procedimientos en materia de acceso a la información están sujetos a suspensión: hasta el 3 de junio en el caso del Poder Ejecutivo y al 18 de junio, para el Legislativo y Judicial.

De esta manera, a partir del 19 de junio del 2025, las autoridades garantes federales resolverán los recursos de revisión y denuncias relacionadas con solicitudes de información y denuncias por incumplimiento de obligaciones de transparencia de los sujetos obligados de su competencia, según sea el caso.

En un aviso publicado en la plataforma de transparencia, mencionó que dada la entrada en vigor desde el 21 de marzo de 2025 y publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de la reforma constitucional en materia de simplificación orgánica y de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y del Reglamento Interior de Transparencia para el Pueblo, el nuevo órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, Transparencia para el Pueblo, asume diversas funciones en materia de acceso a la información del entonces Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

Lee también Inai tenía muchos jefes y pocos trabajadores: Raquel Buenrostro; era “una pirámide invertida”, acusa

Así, conforme a los plazos establecidos en la Ley y el Reglamento, se inició un periodo de transición en el que algunos de los procedimientos en materia de acceso a la información están sujetos a suspensión de plazos.

 

 

Hasta el 3 de junio de 2025, los trámites ante Transparencia para el Pueblo de: Recursos de revisión en materia de acceso a la información pública en contra de resoluciones de sujetos obligados del Poder Ejecutivo Federal. Así como de denuncias por incumplimiento a las obligaciones de transparencia relacionadas con sujetos obligados del mismo poder. Y recursos de inconformidad en contra de las resoluciones de los órganos garantes o autoridades garantes de las entidades federativas, según corresponda.

Mientras que el 18 de junio de 2025, los trámites ante otras autoridades garantes federales de recursos de revisión en materia de acceso a la información pública en contra de las resoluciones de los poderes legislativo y judicial federal, órganos constitucionales autónomos, partidos políticos y sindicatos.