Me cuento entre quienes pensamos que no es lo mejor para el país tener un Congreso con la aplastante mayoría de un solo partido, una mayoría absoluta para crear y reformar leyes o incluso una mayoría calificada para reformar la Constitución por sí sola, sin el consenso de otras fuerzas políticas representativas de nuestra pluralidad.

Lo óptimo para legislar en bien de todos serían el debate, el acuerdo y en el mejor de los casos el consenso, sin excluir a las minorías.

En términos objetivos, los partidos que conforman la coalición que ganó el mayor número de votos, estos son, Morena, el Partido Verde y el Partido del Trabajo, van a tener un número de asientos en la cámara de Diputados cuyos porcentajes en relación con el total, no serán iguales -como sugiere la lógica aritmética- sino mayores a los porcentajes que les corresponden por total de los votos válidos emitidos.

En torno a este tema que se le conoce como sobrerrepresentación ha habido durante los últimos días un acalorado debate entre la oposición, que sostiene que se trata de una maniobra tramposa de la 4T para alzarse con la mayoría calificada que no obtuvo directamente de las urnas; y el oficialismo que argumenta que la repartición de pluris se hace mediante un procedimiento claramente especificado en la Constitución y las leyes electorales, a fin de dar representación a las minorías y, evitar, precisamente, que un solo partido este sobrerrepresentado.

Como se sabe, la cámara de Diputados tiene 500 asientos. 300 fueron elegidos por la votación directa de la ciudadanía. Son los llamados de mayoría relativa.  Los otros 200, que saldrán de las listas registradas por cada uno de los partidos políticos, son los pluris que van a ser distribuidos por la autoridad electoral.

La legalidad vigente marca que ningún partido puede tener por sí solo más de 300 diputados. También establece que tendrán derecho a contar con diputados plurinominales aquellos partidos que hayan postulado por lo menos 200 candidatos de mayoría relativa en los 300 distritos electorales en que está dividido el país. Precisa asimismo la fórmula aritmética para hacer la distribución de los 200 plurinominales. Y marca un límite al número de diputados, tanto de mayoría como plurinominales, que podrá tener cada partido: el equivalente en asientos a no más del ocho por ciento de la votación nacional emitida.

La repartición de pluris resulta de dividir la votación válida emitida entre 200, que son las diputaciones pluris a repartir. Si la votación total válida fue de 55 millones 705 mil 595 sufragios, la división entre 200 da 278 mil 528. Ese es el llamado cociente de proporcionalidad pura. ¿Cuántas veces cabe ese cociente en la votación obtenida por cada partido? Eso es lo que nos dará el número de diputados pluris que se repartirán por partido. Así, Morena obtiene 87.2 diputados pluris, el PAN 36.08, el PRI 23.78, MC 23.33, Verde 17.93 y PT 11.69. La suma cerrada, es decir, sin decimales, da 197. Es decir, faltan tres para completar los 200 pluris. Ahí entra lo que denominan resto mayor, o sea, la fracción decimal que más se acerca al número entero. Entonces para el PRI, que le tocaron 23.78 diputados, el número se cierra en 24; para el Verde, que le tocaron 17.93 diputados, el número se cierra en 18; y para el PT, que le tocaron 11.69, el número se cierra en doce.

Ya sumados los diputados de mayoría relativa, la bancada de Morena queda de 248 diputados, la del PAN con 68, la del PRI con 33, la del PT 50, la del Verde 75 y la de MC 24.

Como se ve, ningún partido rebasa los 300 diputados como lo ordena la Constitución, ni Morena, que queda con 248, ya incluidos sus diputados pluris.

Ahora bien, cumplieron los partidos con postular candidatos a diputados por mayoría relativa en por lo menos 200 de los 300 distritos electorales. No, para quienes argumentan que debió haberlo hecho cada partido por si solo. Si, para quienes interpretan que una postulación en coalición es atribuible a cada uno de los partidos que conforman esa coalición. Si impera el primer criterio, solo tendría derecho a tener diputados plurinominales Movimiento Ciudadano. Los demás no.

Argumenta la oposición, por otra parte, que el límite de ocho por ciento de representación debe aplicarse a las coaliciones. Pero ese precepto existió hasta 1996, cuando se eliminó de la Constitución por votación mayoritaria del PRI. La norma vigente establece que ese límite de ocho por ciento, solo se aplica por partido político. De manera que ese precepto no se estaría violando si la coalición de Morena, Verde y PT suma 373 diputados, mas de las dos terceras del total de asientos de la cámara de diputados necesarios para tener la mayoría calificada que les permite reformar la Constitución.

Cabe preguntarse entonces ¿Quién quiere trampear a quién? ¿La oposición a la 4T o ésta a la oposición? Ya lo veremos el viernes próximo cuando el INE anuncie la repartición de los pluris y veamos come queda finalmente integrado el Congreso.