Luego de darse a conocer el caso de la muerte de la joven Lidia Gabriela, quien presuntamente se aventó de un taxi en movimiento, el pasado 1 de noviembre, porque el conductor no la dejó bajar, la Fiscalía General de Justicia (FGJ) de la Ciudad de México (CDMX) indicó que la joven no se había arrojado del vehículo, y que su caída habría sido provocada cuando Pedro “N”, el taxista, cambió de carril a alta velocidad.

Las autoridades capitalinas desmentirían la versión de que la joven se lanzó del taxi para ponerse a salvo cuando el taxista no la quiso bajar y continuó manejando a alta velocidad: la joven se habría caído al asomar el cuerpo por una de las ventanas del vehículo para pedir ayuda, lo que concuerda con la declaración de algunos testigos que la vieron con medio cuerpo de fuera cuando el taxi transitaba a alta velocidad.

El conductor del taxi en el que viajaba Lidia Gabriela era Pedro “N”, quien fue detenido por la FGJCDMX por su probable participación en el feminicidio de la joven de 23 años, Lidia Gabriela, y permanecerá en el Reclusorio Oriente hasta el cierre de la investigación.

¿Por qué murió Lidia Gabriela?

De acuerdo con las investigaciones de la Fiscalía capitalina, Pedro “N” conducía un taxi en la colonia Constitución de 1917, en la alcaldía Iztapalapa, cuando su pasajera asomó el cuerpo por una de las ventanillas al asustarse, pues no la dejaba descender de la unidad; sin embargo, el taxista se cambió al carril de alta velocidad, motivo por el que la joven se habría caído del vehículo.

Las lesiones ocasionadas a la joven tras la caída del vehículo en movimiento habrían sido la causa de su muerte

¿Cómo clasificar el caso de Lidia Gabriela, como homicidio o feminicidio?

El homicidio es la acción de quitar la vida a una persona; mientras que, la muerte violenta de las mujeres por razones de género, tipificada en nuestro sistema penal como feminicidio, es la forma más extrema de violencia contra la mujer y una de las manifestaciones más graves de la discriminación hacia ellas.

Comúnmente los homicidios que se cometen contra las mujeres no son investigados tomando en consideración que podrían tratarse de feminicidios. Por esta razón, el modelo de protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género recomienda que todas las muertes violentas de mujeres que en principio parecerían haber sido causadas por motivos criminales, suicidio y accidentes, deben analizarse con perspectiva de género, para poder determinar si hubo o no razones de género en la causa de la muerte y para poder confirmar o descartar el motivo de ésta.

¿Cómo se podría definir la clasificación?

La Asamblea Legislativa capitalina, dentro de su código de procedimientos penales, destaca en su artículo 105 que:

“Cuando se trate de homicidio o feminicidio, además de la descripción que hará el que practique las diligencias, la harán también dos peritos que practicarán la necropsia del cadáver, expresando con minuciosidad el estado que guarda y las causas que originan la muerte. Sólo podrá dejarse de hacer la necropsia, cuando el juez lo acuerde previo dictamen de los peritos médicos.”

Asamblea Legislativa capitalina

Hay que recordar que la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México detuvo a Pedro “N”, por su probable participación en el delito de feminicidio en agravio de la joven Lidia; por lo que, habrá que esperar a la conclusión de la investigación, así como de la resolución de la misma.