Por Jesús Franco
Aunque su nombre oficial es una reforma al artículo 403 Bis de la Ley Federal de la Protección Industrial en México, en el colectivo popular se le ha bautizado como “Ley Antimemes”. Primero, se presentó como una manera de castigar con cárcel a quien reprodujera o imitara elementos de identidad institucional. Luego, se modificó la redacción para delimitar que la sanción únicamente vendría cuando esas imitaciones tengan por objeto inducir al error o engaño y así cometer un ilícito.
Desde el Senado se ha desmentido que esta reforma no busca castigar a moneros y caricaturistas, sino a quienes utilizando logos oficiales o elementos gráficos oficiales busquen engañar o defraudar a la sociedad. Pero el daño está hecho.
Ayer en la Cámara Alta fue aprobada la reforma a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y al Código Penal Federal, para aumentar las sanciones contra la piratería y regular determinados usos de la identidad gráfica institucional. Hoy el debate debería centrarse en las reformas a la Ley Federal de Derecho de Autor, que está en la cancha de los diputados, porque ahí es donde podría hablarse de manera abierta de una censura, autocensura y regulación de contenidos digitales al libre albedrío.
Ambigüedad a su máxima expresión
Al castigar con cárcel y multas económicas a todo aquel que reproduzca elementos de identidad institucional se abre un abanico enorme y las preguntas surgen. ¿Puede considerarse un engaño un cartón o caricatura donde se reproduzca el logo de alguna entidad pública? La respuesta, en buena medida, quedaría en manos de un Poder Judicial que se ha llenado de perfiles que hicieron una campaña electoral y buena parte de ellos están alineados a la ideología oficialista.
A pesar del cambio en la redacción, ésta sigue siendo ambigua y preocupa a organizaciones civiles, como ARTICLE 19, que ha dicho que conceptos como “intención de cometer un ilícito” siguen siendo demasiado amplios. Porque en ninguna parte de la propuesta legislativa se puede leer de manera clara que el ejercicio periodístico al estar cobijado por los artículos 6° y 7° constitucionales queda exento de estar sujeto al escrutinio punitivo que supondría la aprobación de dicha reforma.
¿Censura y vigilancia de contenidos?
A este debate hoy se le suma la aprobación del dictamen para reformar la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA), iniciativa enviada por la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, con la que se busca trasladar la responsabilidad de los contenidos generados por los usuarios a las empresas proveedoras de servicios de Internet.
Con esto, estas compañías tendrán una urgencia mayor de remover contenidos cuando un “particular notifique una supuesta vulneración de derechos de autor”.
¿POR QUÉ? DE NO HACERLO, SE CONVERTIRÍAN EN LOS RESPONSABLES DE DIFUNDIR UN CONTENIDO QUE QUEBRANTA LA LEY Y SE ENFRENTARÍAN A MULTAS MILLONARIAS Y NO EL AUTOR DEL CONTENIDO.
Esta reforma, de un carácter totalmente punitivo, obliga a que antes que el proceso llegue a una instancia judicial, las empresas proveedoras de servicios de Internet podrían boletinar a los supuestos infractores, al grado de negarles el acceso al servicio, y ser más enfáticos al atender las “denuncias masivas y anónimas” que se hacen bajo el pretexto de violar cualquier derecho de autor. Esto, sin importar que se trate de contenidos periodísticos genuinos y de interés nacional, en una clara violación a la libertad de prensa y de difusión.
La ambigüedad en ambas reformas es evidente. Sobre todo porque no hay un marco normativo que delimite y no extralimite funciones. Ni constitucionales ni de los proveedores de servicios de Internet.
¿Filtros automatizados o verdaderos gestores de contenido?
De aprobarse ambas iniciativas estaríamos ante un retroceso en la libertad de expresión, de creación y de opinión. Por un lado, en la “Ley Antimemes” cualquier contenido meramente informativo o crítico del o los gobiernos donde se reproduzca algún elemento de identidad gráfica institucional, quedaría en manos de un juez la interpretación sobre si se busca un engaño o “inducir a un error” para cometer un ilícito. ¿Y si ese contenido termina en una página clonada donde se piden donativos para alguna causa?
Sobre la LFDA, ahora la responsabilidad, y sin oportunidad de defenderse, recaerá en las compañías que provean el servicio de Internet para retirarle el acceso a su servicio a esos infractores reincidentes. Es decir, a aquellos creadores de contenido que ya hayan sido denunciados por violaciones a los derechos de autor. Con esto, se cumple una máxima de censura previa ya que se les impide publicar contenidos futuros sobre cuya licitud no existe ninguna determinación judicial. Así, este tipo de compañías se convertirán en juez y parte.
Bajo este escenario, las proveedoras tendrán que establecer mecanismos de vigilancia y censura. Sin embargo, se antoja poco probable que lo hagan de manera cualitativa y entonces podrían recurrir a una automatización y establecer filtros para notificar y, en su caso, eliminar ciertos contenidos (bajo un criterio amplio) que a discreción consideren violen los derechos de autor. Esto aplicaría un piso parejo para contenidos meramente periodístico y aquellos que “busquen inducir al engaño” o violen los derechos de autor.
La realidad es que en infinidad de sitios de Internet, así como en las redes sociodigitales circulan millones de mensajes xenófobos, racistas, clasistas que incitan a la violencia. Eso, sin mencionar los deepfakes pornográficos. Y pocas veces los reclamos que se hacen a las plataformas para el retiro de esos contenidos surte efecto. Quizá sería más prudente exigir un replanteamiento en la regulación y retiro de ese tipo de contenidos y no de aquellos que busquen incomodar al poder.
Aunque la “Ley Antimemes”, al menos en papel busca combatir la piratería digital y luchar contra las cientos de estafas y fraudes que se cometen a diario en plataformas de Internet, busca ser un instrumento para luchar contra un negocio lucrativo que deja ganancias a los criminales por millones de pesos al año, las interpretaciones siempre dejarán la duda en el aire

